Gibraltar amplía la Ley de Igualdad de Oportunidades para brindar protección a los transexuales

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El Gobierno de Gibraltar ha publicado el Reglamento de 2015 que modifica la Ley de Igualdad de Oportunidades de 2006 [Equal Opportunities Act 2006 (Amendment) Regulations 2015]. El reglamento emana de la reinterpretación de los requisitos recogidos en las directivas de la UE. Uno de los principales cambios en la legislación es la ampliación de la protección a las personas transexuales.
Esto se basa en la jurisprudencia de la UE, que considera que la prohibición de la discriminación laboral por razones de género también se aplica a la discriminación por cambio de sexo.
El Reglamento incorpora a la Ley de Igualdad de Oportunidades el cambio de sexo como un motivo de igualdad de oportunidades y [a los transexuales] como una de las categorías de personas que podrá beneficiarse de la prohibición de discriminación.
El cambio de sexo se define como el proceso llevado a cabo con el objetivo de reasignar el sexo de una persona mediante la modificación de atributos fisiológicos o de otro tipo, ligados al sexo de la persona. La categoría de cambio de sexo recogida en [el texto] sobre igualdad de oportunidades se refiere a aquellas personas que pretendan someterse, se estén sometiendo o se hayan sometido a un cambio de sexo. Con el fin de que se reconozca a una persona como transexual, ésta deberá demostrar el cambio de sexo con una declaración de un médico.
La legislación proporciona una prohibición general contra la discriminación de los transexuales y también para que, en el caso de que una persona se ausente del trabajo para someterse a un procedimiento de cambio de sexo, dicha ausencia no se trate de manera menos favorable que las ausencias de otro tipo. Asimismo, el acoso por razones de cambio de sexo se ha incorporado a la sección 14 de la Ley.
A propósito de la promulgación del reglamento, la Ministra de Igualdad, Samantha Sacramento, comentó: “Se trata de una importante enmienda a nuestra legislación, puesto que amplía la protección contra la discriminación a otro grupo de personas. Los transexuales merecen el reconocimiento y la protección contra la discriminación en sus justos términos”.