El Ayuntamiento de Benalmádena ha presentado las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento del alquiler residencial, cuyo contenido se ha detallado durante la celebración del Consejo Sectorial de Vivienda, al que han asistido el alcalde, Juan Antonio Lara; y el concejal de Vivienda, José Luis Bergillos; junto a representantes de los diferentes grupos y colectivos integrantes de este órgano.
Las bases, que están en la fase de alegaciones, establecen el marco regulador de tres líneas de ayudas con los objetivos de facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda a hogares con rentas limitadas, incrementar la oferta de alquiler residencial de larga duración y reducir el peso del alquiler sobre la renta disponible de los hogares.
La primera línea está destinada a inquilinos con contratos vigentes suscritos con anterioridad a la fecha de la correspondiente convocatoria. Deberán ser contratos de vivienda habitual y de larga temporada, con una duración inicial mínima de 12 meses, quedando expresamente excluidos los alquileres vacacionales o de temporada. La vivienda deberá estar situada en Benalmádena, constituir la residencia habitual del solicitante y la renta no podrá superar los 1.500 euros mensuales. Las ayudas serán de 100 euros al mes —1.200 al año— para alquileres inferiores a 850 euros; 200 euros al mes —2.400 al año— para rentas desde 850 y por debajo de 1.200 euros; y 300 euros mensuales —3.600 al año— para alquileres desde 1.200 y hasta 1.500 euros.
La segunda línea está destinada a inquilinos que formalicen contratos con posterioridad a la fecha que establezca cada convocatoria, con el objetivo de favorecer también la incorporación de nuevos alquileres residenciales. Se mantienen las condiciones de vivienda habitual, larga temporada y renta máxima de 1.500 euros mensuales.
En este caso, la subvención ascenderá a dos mensualidades de renta y a tres mensualidades cuando la persona arrendataria tenga 35 años o menos. Para ambas líneas se establecen límites de ingresos vinculados al IPREM en función del número de integrantes de la unidad de convivencia, con incrementos específicos en determinados supuestos previstos en las bases.
Las bases incorporan además una tercera línea dirigida a propietarios o usufructuarios de viviendas de Benalmádena que las destinen al alquiler habitual, excluyéndose igualmente los contratos de temporada. El contrato deberá tener una duración mínima de un año y ser prorrogable, a instancia del arrendatario, hasta cinco años, y la renta no podrá superar los 18.000 euros anuales. En estos casos, la subvención cubrirá el importe de la prima anual de un seguro de impago del alquiler contratado por un periodo mínimo de 12 meses, incluyendo cobertura de rentas, defensa jurídica y actos vandálicos.
Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones públicas o privadas destinadas al pago del alquiler, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste del alquiler correspondiente al periodo subvencionado. El procedimiento se tramitará mediante concurrencia no competitiva, estableciéndose el orden de concesión en función de la fecha y hora de registro de las solicitudes y condicionado a la disponibilidad presupuestaria de cada convocatoria. El plazo para presentar solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente a la última publicación del extracto de la convocatoria en los canales establecidos en las bases.